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    Es un material didáctico para uso exclusivo de clase y ha sido formulado por Flores Soria, Jaime (2007) Auditoria Tributaria. Lima. CECOF Asesores EIRL

    1. Introducción
    2. Capitulo I: Marco Conceptual
    3. Concepto de Auditoria Tributaria
    4. Objetivo de la Auditoria Tributaria
    5. Clasificacion de la Auditoria Tributaria
    6. Auditoria Financiera y Auditoria Tributaria, diferencias y semejanzas.
    7. reglamentos de Auditoria Generalmente Aceptadas (NAGAS)
    8. Marco normativo de la auditoria tributaria
    9. Principios de Contabilidad
    10. reglamentos Internacionales de Contabilidad - NIC"s
    11. reglamentos Internacionales de Información Financiera - NIIF
    12. El Auditor Tributario
    13. Casos prácticos
    14. ¿Qué se entiende por presuncion?
    15. ¿Cómo se clasifican las presunciones?
    16. ¿Cuáles son los efectos de la aplicación de las presunciones?
    17. ¿Qué bases se consideran para pensar la obligacion tributaria?
    18. ¿Qué supuestos se aplican en la determinacion sobre base presunta?
    19. ¿Cuáles son las facultades de fiscalizacion de la administracion tributaria?
    20. Resolucion de determinacion y de multa
    21. Casos prácticos
    22. Capitulo III: Procedimientos y Tecnicas de Auditoria
    23. Auditoria Tributaria Integral
    24. Evidencia de auditoria
    25. Tecnicas y procedimientos de auditoria tributaria
    26. Diferencia entre procedimientos y tecnicas de auditoria
    27. Papeles de trabajo
    28. Acciones del auditor tributario-fiscalizacion
    29. Métodos de Análisis de los Estados Financieros
    30. Cuestionario de Control Interno
    31. Informe de Auditoria Tributaria Preventiva
    32. Casos prácticos
    33. Capitulo IV: Infracciones y Sanciones Tributarias
    34. ¿Qué es la infraccion tributaria?
    35. ¿Cómo se clasifican las infracciones tributarias?
    36. ¿Cómo se determina la infraccion tributaria?
    37. Tienen rebaja las infracciones tributarias
    38. Sanciones aplicables por infracciones tributarias
    39. ¿Cómo se extinguen las sanciones tributarias?
    40. Intereses moratorios y redondeo de la deuda tributaria
    41. Tabla de infracciones y sanciones tributarias
    42. Casos prácticos

    INTRODUCCIÓN

    El mundo esta cambiando vertiginosamente y por tanto en el campo académico tenemos que estar a la altura de los tiempos. Actualmente se vienen realizando importantes innovaciones en la concepción y práctica educativas con el propósito de alcanzar una formación profesional más competitiva, que permita ingresar con éxito al mundo laboral, y desempeñarse con eficiencia y efectividad en las funciones profesionales que les tocará asumir a nuestros egresados.

    El marco de referencia está dado por los cambios significativos de la sociedad contemporánea, expresados en la globalización de los intercambios, los nuevos paradigmas del conocimiento, de la educación y la pedagogía, así como los retos del mundo laboral.

    Para cumplir con el propósito señalado, la Facultad ha asumido la misión de lograr una formación profesional científica, tecnológica y humanística. Constituye nuestro compromiso formar líderes con capacidad de formular propuestas innovadoras que impulsen la creación de una nueva realidad universitaria, en base de los siguientes aprendizajes: aprender a ser, aprender a conocer, aprender a hacer y aprender a convivir.




    Uno de los medios para el logro de nuestros propósitos constituye los Manuales de Autoeducación, preparados especialmente para los alumnos. El presente Manual debe ser concebido como un material educativo que debe servir para afianzar conocimientos, desarrollar habilidades y destrezas, así como para orientar la autoeducación permanente. Por ello se ubica como material de lectura, es accesible, sirve de información y recreación, desempeña un papel motivador, se orienta a facilitar la lectura comprensiva y crítica, ampliar conocimientos en otras fuentes, crear hábitos y actitudes para el procesamiento de información, adquisición y generación de conocimientos.

    El presente Manual de Auditoría Tributaria, constituye material de apoyo al desarrollo del curso del mismo nombre. Es un material didáctico para uso exclusivo de clase y ha sido formulado con el apoyo de la información tomada de Flores Soria, Jaime (2007) Auditoria Tributaria. Lima. CECOF Asesores EIRL, a quien agradezco de antemano nos brinde siempre sus experiencias. Este manual está organizado en los capítulos y temas de la mayor relevancia de la auditoria tributaria.

    COMPETENCIA GENERAL:

    Dispone de las destrezas técnicas, funciones y responsabilidades del auditor tributario; al desarrollar una examen tributaria, para comprender todo el contexto del ambiente en que opera el cliente, facilitando el mejor desempeño, basado en principios exclusivos de la preparación que se brinda a los alumnos en el enfoque de examen a medida, en el énfasis del criterio profesional, enfoque de arriba hacia abajo y el análisis tributario de los rubros de los Estados Financieros como eje central del enfoque basado en el riesgo.

    CAPACIDADES:

    • Comprende la relevancia de las normas internacionales, nacionales y sectoriales aplicables a la auditoria tributaria.
    • Comprende la filosofía y doctrina de la auditoria tributaria
    • Adquiere los conocimientos teórico-prácticos y doctrinarios, sobre las tres fases del trabajo de examen: Planeamiento, Ejecución e Informe; incentivándolo a la especialización e investigación de la auditoria tributaria aplicando sus conocimientos adquiridos y su experiencia profesional.
    • Planifica, organiza y ejecuta los papeles de trabajo.
    • Prepa el memorando de planeamiento, programas, hallazgos e informes de examen tributaria.
    • Evalua el riesgo de examen.

    PAUTAS PARA EL ESTUDIO Y LOS

    TRABAJOS DE APLICACIÓN

    • Este Manual será utilizado como apoyo importante al desarrollo de la asignatura de Auditoría Tributaria, en algunos casos será estudiado previamente por indicación del profesor, lo que permitirá el análisis y debate colectivo del tema leído; en otros casos, servirá para una lectura que complemente las explicaciones recibidas durante las sesiones de aprendizaje.
    • Después de la lectura comprensiva efectuada el alumno deberá desarrollar las actividades de aplicación propuestas en el Manual. Algunos trabajos son individuales y otros son para desarrollarse en grupos.
    • También deberá resolver las cuestiones planteadas en la autoevaluación al final de cada tema. Si tuviera alguna dificultad consulte a su profesor o efectúe investigaciones puntuales.

    CAPITULO I

    MARCO CONCEPTUAL

    1.1. CONCEPTO DE AUDITORIA TRIBUTARIA

    a. El GLOSARIO TRIBUTARIO, 3ra Edición, elaborado por el Instituto de Administración Tributaria de la SUNAT, indica que:

    La Auditoría Tributaria,es un control critico y sistemático, que usa un conjunto de técnicas y procedimientos destinados a verificar el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales de los contribuyentes. Se efectúa teniendo en cuenta las normas tributarias vigentes en el periodo a fiscalizar y los principios de contabilidad generalmente aceptados, para establecer una conciliación entre los aspectos legales y interventores y así pensar la base imponible y los tributos que afectan al contribuyente auditado.

    b. Los CPC Pedro A. Yarasca Ramos y CPC Emma R, Alvarez Guadalupe en su libro AUDITORIA, Fundamentos con un enfoque moderno, indican lo siguiente:

    La Auditoria Tributaria es el examen fiscalizador que realiza un auditor fiscal o independiente para pensar la veracidad de los resultados de operaciones y situación financiera declarados por la empresa (contribuyente),a través de su información financiera u otros medios.

    c. Pascual Chavez Ackermann, en su libro AUDITORIA TRIBUTARIA -Tomo I, precisa:

    La Auditoria Tributaria es un conjunto de principios y procedimientos destinados a establecer si han sido aplicados razonablemente las normas interventores, si se han interpretado y aplicado correctamente las leyes tributarias que afectan a la empresa y si consecuentemente se han confeccionado correctamente las declaraciones de impuestos (tributos).

    En nuestra opinión la Auditoría Tributaría es un examen realizado por un profesional Auditor Independiente o Auditor Tributario (SUNAT) con la finalidad de verificar el cumplimiento en forma correcta de las obligaciones tributarias formales y sustanciales de todo contribuyente, así como también pensar los derechos tributarios a su favor. Es por ello que al efectuar el examen se deben aplicar las respectivas técnicas y procedimientos de examen.

    Al efectuar la Auditoría Tributaria, se verifican los Estados Financieros, libros y registros interventores, y toda documentación sustentatoria de las operaciones económicas y financieras de una empresa (Contribuyente], con la finalidad de pensar su situación tributaria a una fecha determinada.

    EXAMEN

    TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS

    VERIFICACIÓN

    EMPRESA FITO S.A

    Al 31 de diciembre de 2007

    DERECHOS

    OBLIGACIONES

    • Crédito fiscal IGV
    • Pagos a Cuenta del I.Rta
    • Pagos indebidos
    • Pagos en exceso
    • Drawback
    • Tributos: Impuestos, tasas y contribuciones.
    • Intereses moratorios
    • Multas
    • Cuotas de fraccionamiento

    Situación Tributaria

    1.2 OBJETIVOS DE LA AUDITORIA TRIBUTARIA

    • Determinar la veracidad de la información consignada en las declaraciones Juradas presentadas.
    • Verificar que la información declarada corresponda a las operaciones anotadas en los registros interventores y a la documentación sustentatoria; así como a todas las transacciones económicas efectuadas.
    • Verificar que las bases imponibles, créditos, tasas e impuestos estén debidamente aplicados y sustentados.
    • Contrastar las prácticas interventores realizadas con las normas tributnrial correspondientes a fin de detectar diferencias temporales y/o permanentes y establecer reparos tributarios, de similitud n tai normas interventores y tributarias vigentes.

    1.2.1. ETAPAS DE LA AUDITORIA TRIBUTARIA

    1. Planeamiento.- Según la NÍA 300 «PLANEAMIENTO» significa desarrollar una estrategia general y un enfoque detallado para la naturaleza, oportunidad y alcance esperado de la Auditoría.
    2. Trabajo de Campo o Ejecución.- Se realiza lo planeado, aplicando los procedimientos de auditoria respectivos.
    3. Informe.- Elaboración y presentación del Dictamen o Informe, Determinación de la Deuda Tributaria.

    1.3. CLASIFICACIÓN DE LA AUDITORIA TRIBUTARIA

    a) Por su campo de Acción

    Fiscal

    Cuando la Auditoría es realizada por un Auditor Tributario (SUNAT) con la finalidad de pensar el cumplimiento correcto do li| obligaciones tributarias formales y sustanciales de un contribuyente.

    Preventiva

    Cuando es realizado por personal propio de la empresa o auditor independiente externo con la finalidad de evitar contingencias tributarias. '

    b) Por Iniciativa

    Voluntaria

    Aquella examen tributaria que se efectúa con la finalidad de pensar si se ha calculado en forma correcta los impuestos y su diirliinii.irtn en forma oportuna.

    Obligatoria

    Cuando la Auditoría tributaria se efectúa a requerimiento de la entidad fiscalizadora [SUNAT].

    c) Por el Ámbito Funcional

    Integral

    Cuando se efectúa la auditoria tributaria a todas las partidas con incidencia tributaria que forman parte del Balance Gener; de Ganancias y Pérdidas de una empresa con la finalidad de pensar si se ha cumplido en forma correcta con las obligaciones tributarias, de un determinado periodo.

    Parcial

    Cuando sólo se efectúa a una partida específica de los Estados Financieros, o a un Impuesto Específico (IGV, Impuesto a la Renta, etc.) o si se examina un área específica de la empresa (ventas, producción, etc.)

    1.4 AUDITORIA FINANCIERA Y TRIBUTARIA, DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS

    DIFERENCIAS

    1. Ámbito de aplicación

    Auditoría Financiera

    Se efectúa al Balance General y Estado de Ganancias y Perdías con la finalidad de pensar si se han aplicado en forma correcta los Principios Contables.

    Auditoría Tributaría

    Se examina la situación tributaria, con la finalidad de pensar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y sustanciales.

    Entendiéndose por situación tributaria los beneficios tributarios que favorecen al contribuyente y las obligaciones tributarias que presenta a una fecha determinada.

    2. Fecha determinada

    Auditoría Financiera

    Generalmente se realiza al 31 de Diciembre de cada año

    Auditoría Tributaria

    Se realiza en cualquier período ha requerimiento de la entidad fiscalizadora (SUNAT)

    3. Responsabilidad

    Auditoría Financiera

    Según la Ley General de Sociedades, la responsabilidad es de la Gerencia.

    Auditoría Tributaria

    Según el Código Tributario, la responsabilidad es del representante legal de la empresa.

    4. Objeto de la Opinión

    Auditoría Financiera

    Determinar la razonabilidad de los Estados Financieros, en base de los Principios Contables [NIC y NI1F].

    Auditoría Tributaria

    Determinar el cumplimiento de la obligación tributaria [OT] según dispositivos legales vigentes.

    SEMEJANZAS

    Responsabilidad

    En ambas examens el auditor es responsable por su opinión.

    Base del Examen

    En ambas examen se aplican las reglamentos de Auditoría Generalmente Aceptadas [NAGAS].

    Auditoría Financiera v Tributaria

    DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS

    AUDITORIA

    FINANCIERA

    TRIBUTARIA

    ÁMBITO

    SITUACIÓN FINANCIERA Y RESULTADOS (EF)

    SITUACIÓN TRIBUTARIA

    (DJ)

    A UNA FECHA DETERMINADA

    31.12.200X

    XX.XX.200X

    PERIODOS COMPRENDIDOS

    200X Y EL ANTERIOR

    PERIODOS SUJETO A FISCALIZACIÓN

    RESPONSABILIDAD

    EF: GERENCIA

    DJ: REPRESENTANTES

    BASE DEL EXAMEN

    AUDITOR: OPINIÓN

    NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE

    ACEPTADAS (NAGA)

    OBJETO DE LA OPINIÓN

    RAZONABILIDAD DE EF EN BASE A PCGA (NIIF y NIC)

    CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA EN BASE A LEGISLACIÓN VIGENTE

    1.5 NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS (NAGAS)

    QUE SE ENTIENDE POR SAS?

    SAS Statement on Auditing Standards (Declaración sobre reglamentos de Auditoría) que emite el Instituto Americano de Contadores Públicos American Institute of Certified Public Accountants (AICPA), y que son las reglamentos de Auditoría Generalmente Aceptadas (GAAS), aplicables en los Estados Unidos de Norteamérica.

    ¿QUE ENTIENDE POR NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS [NAGAS)?

    Según el Instituto Americano de Contadores Públicos de Estados Unidos de Norteamérica - AICPA, desde el año 1,934, indica lo siguiente:

    Las reglamentos de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGAS), constituyen los requisitos de calidad que deben observar los auditores durante el desarrollo del trabajo de examen.

    Las NAGAS, constituyen uno de los soportes más importantes del auditor dentro de su actividad que es altamente especializada. Por ello, estas normas en esencia son orientaciones, pautas o requisitos que de manera general se relacionan con la conducta o comportamiento que deben observar los auditores, a efecto de lograr un desempeño de calidad durante el proceso de la examen.

    En el Perú su aplicación ha sido ratificada, en el III Congreso Nacional de Contadores Públicos - Arequipa año 1,971.

    ¿COMO SE CLASIFICAN LAS NAGAS?

    Según el AICPA, las NAGAS están referidas al debido cuidado profesional que debe ponerse en la etapa de planeamiento del trabajo y en su eficiente ejecución, así como en la preparación del informe final que contiene el dictamen de examen.

    Las NAGAS, se clasifican en:

    a) reglamentos personales

    b) reglamentos de ejecución del trabajó

    c) reglamentos relativas a la preparación de informes,

    a) reglamentos Personales:

    Las normas personales se refieren a las cualidades que el auditor debe tener para poder asumir, dentro de las exigencias que el carácter profesional de la examen impone, un trabajo de este tipo. Dentro de estas normas existen cualidades que el auditor debe tener preadquiridas antes de poder asumir un trabajo profesional de examen y cualidades que debe mantener durante el desarrollo de toda su actividad profesional.

    1. Entrenamiento y capacidad profesional

    El trabajo de examen, cuya finalidad es la de rendir una opinión profesional independiente, debe ser desempeñado por personas que, teniendo título profesional legalmente expedido y reconocido tengan entrenamiento técnico adecuado y capacidad profesional como auditores.

    2. Cuidado y diligencia profesional

    El auditor está obligado a ejercitar cuidado y diligencia razonables en la realización de su examen y en preparación de su dictamen o informe.

    3. Independencia

    El auditor está obligado a mantener una actitud de independencia mental en todos los asuntos relativos a su trabajo profesional.

    b) reglamentos de Ejecución del Trabajo:

    Al tratar las normas personales, se señaló que el auditor está obligado a ejecutar su trabajo con cuidado y diligencia. Aún cuando es difícil definir lo que en cada tarea puede representar un cuidado y diligencia adecuados, existen ciertos elemento:, básicos, fundamentales en la ejecución del trabajo, que constituyen la especificación particular, por lo menos al mínimo indispensable, de la exigencia de cuidado y diligencia, son los que constituyen las normas, denominadas de ejecución del trabajo.

    4. Planeación y supervisión

    El trabajo de examen debe ser planeado adecuadamente y, si se usan ayudantes, éstos deben ser supervisados en forma apropiada

    5. Estudio y evaluación del control interno

    El auditor debe efectuar un estudio y evaluación adecuados del control interno existente, que le sirvan de base para detmi ni miel grado de confianza que va a depositar en él; asimismo, que le permita pensar la naturaleza, extensión y oportunidad que va a dar a los procedimientos de examen.

    6. Evidencia suficiente y competente

    Mediante sus procedimientos de examen, el auditor deber obtener evidencia comprobatoria suficiente y competente en el grado que requiera para suministrar una base objetiva para su opinión.

    c) reglamentos relativas a la preparación de informes

    El resultado final del trabajo del auditor es su dictamen o informe. Mediante él pone en conocimiento de las personas interesadas los resultados de su trabajo y la opinión que se ha formado a través de su examen. El dictamen o informe del auditor es en lo que va a reposar la confianza de los interesados en los estados financieros para prestarles fe a las declaraciones que en ellos aparecen sobre la situación financiera y los resultados de operaciones de la empresa. Por último, es principalmente, a través del informe o dictamen, como el público y el cliente se dan cuenta del trabajo del auditor y, en muchos casos, es la única parte, de dicho trabajo que queda a su alcance.

    Esa importancia que el informe o dictamen tienen para el propio auditor, para su cliente y para los interesados que van a descansar en él, hace necesario que también se establezcan normas que regulen la calidad y requisitos mínimos del informe o dictamen correspondiente. A esas normas las clasificamos como normas de dictamen e información y son las que se exponen a continuación:

    7. Aplicación de los PCGA

    Los estados financieros a auditar deben haber sido preparados de acuerdo con reglamentos Internacionales de Contabilidad (NICs).

    8. Consistencia

    Las NICs empleadas deben haber sido aplicadas consistentemente en relación con el período para que los ejercicios económicos puedan ser comparables; en todo caso, se deben medir los efectos del cambio de políticas y normas interventores.

    9. Revelación Suficiente

    El auditor debe emitir una opinión sobre el resultado de su trabajo; esta opinión puede ser limpia, con salvedaes, negativa o en su defecto, no dar opinión cuando no hemos podido aplicar las NIAs.

    10. Opinión del Auditor

    Aspectos de revelación o exposición deben ser contemplados en la presentación de los estados financieros por parte del auditado; el no hacerlo puede originar cambios en la opinión del auditor, desde una salvedad hasta una opinión negativa.

    1.5.1 NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA - NIAS

    ¿QUE SE ENTIENDE POR NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA?

    En cada país las regulaciones locales rigen, en mayor o menor grado, las prácticas que sigue la examen de información financiera. Tales regulaciones pueden ser de naturaleza reglamentaria, o tomar la forma de declaraciones o pronunciamientos emitidos por los entes reguladores o por las instituciones profesionales correspondientes.

    Las declaraciones o pronunciamientos de examen que han sido publicados en muchos países difieren en forma y contenido. El Comité Internacional de Practicas de Auditoria IAPC toma conocimiento de tales declaraciones y sus diferencias y, a la luz de este conocimiento, emite las reglamentos Internacionales de Auditoría, buscando, al emitirlas, que adquieran la aceptación internacional.

    Las reglamentos Internacionales de Auditoría, son las normas que los Auditores Independientes deben tener en cuenta, al efectuar la Auditoría a los Estados Financieros.

    Cabe indicar que las NIAs son emitidas por el IAPC a través del IFAC y las NAGAS son emitidas por el AICPA.

    ¿EN QUE CASOS SE APLICA LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA?

    Las reglamentos Internacionales de Auditoría son aplicables cada vez que se lleva a cabo una examen independiente: vale decin en el examen independiente de la información financiera de una entidad, tenga ésta o no fines de lucro, y sin considerar su dimensión o forma legal, cuando dicho examen se lleva a cabo con el propósito de expresar una opinión respecto a dicha información financiera. Las reglamentos Internacionales de Auditoría también pueden aplicarse, en cuanto sea pertinente, a otras actividades afines que realiza el auditor; como es la Auditoría Tributaria Preventiva.

    ¿LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA, SU APLICACIÓN ES DE CARÁCTER OBLIGATORIO POR PARTE DEL AUDITOR?

    La Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú - Junta de Decanos, el 15 de Febrero del 2000, aprobó el Acuerdo Nº 001-99-CTENA de la Comisión Técnica Especializada de reglamentos de Auditoría del Hnlagio de Contadores Públicos de Lima, que indica lo siguiente: Aprobar la aplicación en el Perú de las reglamentos Internacionales de Auditoría y Servicio Relacionados en su versión revisada, a partir del 01 de enero del año 2000.

    Debemos de mencionar que organismos internacionales como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, consideran a las NIAS; como los standard dentro de los cuales debe desarrollarse la examen de estados financieros.

    1.6. MARCO NORMATIVO DE LA AUDITORIA TRIBUTARIA

    1. Constitución Política del Perú

    Principios y Potestades tributarias

    «Artículo 74º.- Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreta supremo.

    Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley. El estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter conifscatorio.

    Las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente a su promulgación.

    No surten efecto las normas tributarias dictadas en violación de lo que establece el presente artículo.»

    2. Código Tributario

    CAPITULO II FACULTADES DE DETERMINACIÓN Y FISCALIZACIÓN

    Artículo 59º.- DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

    Por el acto de la determinación de la obligación tributaria:

    a) El deudor tributario verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, señala la base imponible y la cuantía del tributo.

    b) La Administración Tributaria verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, identifica al deudor tributario, señala la base imponible y la cuantía del tributo.

    Artículo 60º.- INICIO DE LA DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

    La determinación de la obligación tributaria se inicia:

    1. Por acto o declaración del deudor tributario.

    2. Por la Administración Tributaria; por propia iniciativa o denuncia de terceros.

    Para tal efecto, cualquier persona puede denunciar a la Administración Tributaria la realización de un hecho generador de obligaciones tributarias.

    Artículo 61º.- FISCALIZACIÓN O VERIFICACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA EFECTUADA POR EL DEUDOR TRIBUTARIO

    La determinación de la obligación tributaria efectuada por el deudor tributario está sujeta a fiscalización o verificación por la Administración Tributaria, la que podrá modificarla cuando constate la omisión o inexactitud en la información proporcionada, emitiendo la Resolución de Determinación, Orden de Pago o Resolución de Multa.

    3. Ley del Impuesto a la Renta

    Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta

    Obligación de llevar contabilidad

    Artículo 65º.- Las personas jurídicas están obligadas a llevar contabilidad completa.

    Los otros perceptores de rentas de tercera categoría, salvo las pesonas naturales, sucesiones indivsas, sociedades conyugales que optaron por tributar como tales que obtengan exclusivamente las rentas a que se refiere el inciso j) del artículo 28º de la Ley, están obligados a llevar contabilidad, de acuerdo a los siguientes tramos:

    1. Hasta 100 UIT de ingresos brutos anuales: Registro de Ventas e Ingresos, Registro de Compras, Libro de Inventarios y Balances y Libro Caja y Bancos.

    2. Más de 100 UIT de ingresos brutos anuales: Contabilidad completa.

    Mediante Resolución de Superintendencia, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, podrá establecer:

    a) Otros libros y registros interventores que, los sujetos comprendidos en el numeral 1 del párrafo anterior, se encuentren obligados a llevar.

    b) Los libros y registros interventores que integran la contabilidad completa a que se refiere el presente artículo.

    c) Las características, requisitos, información mínima y demás aspectos relacionados a los libros y registros interventores citados en los incisos a) y b) precedentes, que aseguren un adecuado control de las operaciones de los contribuyentes.

    4. Ley del Impuesto General a las Ventas

    CAPITULO X

    DE LOS MEDIOS DE CONTROL DE LOS REGISTROS Y LOS COMPROBANTES DE PAGO

    Artículo 37º.- DE LOS REGISTROS Y OTROS MEDIOS DE CONTROL

    Los contribuyentes del Impuesto están obligados a llevar un Registro de Ventas e Ingresos de Compras, en los que anotarán las operaciones que realicen, de acuerdo a las normas que señale el Reglamento.

    En el caso de operaciones de consignación, los contribuyentes del Impuesto deberán llevar un Registro de Consignaciones, en el que anotarán los bienes entregados y recibidos en consignación.

    La SUNAT mediante Resolución de Superintendencia podrá establecer otros registros o controles tributarios que los sujetos del Impuesto deberán llevar.

    5. Ley Penal Tributaria, Decreto Legislativo N2 813 (El Peruano 20.ABR.96) y su modificatoria Ley Nº 27038 (El Peruano 31.DIC.98)

    Defraudación Tributaria

    Artículo 1º.- El que, en provecho propio o de un tercero, valiéndose de cualquier artificio, engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta, deja de pagar en todo o en parte de los tributos que establecen las leyes, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años y con 365 (trescientos sesenta y cinco) a 730 (setecientos treinta) días-multa.

    Artículo 2º.- Son modalidades de defraudación tributaría reprimidas con la pena del artículo anterior:

    1. Ocultar, total o parcialmente, bienes, ingresos, rentas, o consignar pasivos total o parcialmente falsos, para anular o reducir el tributo a pagar.
    2. No entregar al acreedor tributario el monto de las retenciones o percepciones de tributos que se hubieren efectuado, dentro del plazo que para hacerlo fijen las leyes y reglamentos pertinentes.

    Artículo 3º.- El que mediante la realización de las conductas descritas en los Artículos 1º y 2º del presente Decreto Legislativo, deja de pagar los tributos a su cargo durante un ejercicio gravable, tratándose de tributos de liquidación anual, o durante un período de doce (12) meses, tratándose de tributos de liquidación mensual, por un monto que no exceda de cinco (Q) Unidades Impositivas Tributarias vigentes al inicio del ejercicio o del último mes del período, según sea el caso, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años y con 180 a 365 días-multa.

    Tratándose de tributos cuya liquidación no sea anual ni mensual, también será de aplicación lo dispuesto en el presente artículo.

    Delito Contable.-

    Articulo 5º.- Será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 2 (dos) ni mayor de 5 (cinco) años y con 180 (ciento ochenta] a 365 (trescientos sesenta y cinco) días-multa, el que estando obligado por las normas tributarias a llevar libros y registros interventores:

    1. Incumpla totalmente dicha obligación.
    2. No hubiera anotado actos, operaciones, ingresos en los libros y registros interventores.
    3. Realice anotaciones de cuentas, asientos, cantidades, nombres y datos falsos en los libros y registros interventores.
    4. Destruya u oculte total o parcialmente los libros y/o registros interventores o los documentos relacionados con la tributación.

    6. Ley Nº 26887 «Ley General de Sociedades»

    CAPITULO II

    GERENCIA

    Artículo 130°.- Responsabilidad

    El gerente responde ante la sociedad, los accionistas y terceros, por los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimiento de sus obligaciones, dolo, abuso de facultades negligencia grave. El gerente es particularmente responsable por:

    1. La existencia, regularidad y veracidad de los sistemas, contabilidad, los libros que la ley ordena llevar a la sociedad y los demás libros y registros que debe llevar un ordenado comerciante.
    2. El establecimiento y mantenimiento de una estrutura de control inteno diseñada para proveer una seguridad razonable de que los activos de a sociedad estén protegidos contra uso no autorizado y que todas las operaciones son efectuadas de acuerdo con autorizaciones establecidas y son registradas apropiadamente;
    3. La veracidad de las informaciones que proporcione al directorio y la junta general;
    4. El ocultamiento de las irregularidades que observe en las actividades de la sociedad;
    5. La conservación de los fondos sociales a nombre de la sociedad;
    6. El empleo de los recursos sociales en negocios distintos del objeto de a sociedad;
    7. La veracidad de las constancias y certificaciones que expida respecto del contenido de los libros y registros de la sociedad;
    8. Dar cumplimiento en forma y oportunidades que señala la ley a lo dispuesto en los artículos 130 y 224; y,
    9. El cumplimiento de la ley, el estatuto y los acuerdos de la junta general y del directorio.

    Artículo 221º.- Memoria y información financiera

    Finalizado el ejercicio el directorio debe formular la memoria, los estados financieros y la propuesta de aplicación de las utilidades en caso de haberlas. De estos documentos debe resultar, con claridad y precisión, la situación económica y financiera de la sociedad, el estado de sus negocios y los resultados obtenidos en el ejercicio vencido.

    Los estados financieros deben ser puestos a disposición de los accionistas con la antelación necesaria para ser sometidos, conforme a ley, a consideración de la junta obligatoria anual.

    Artículo 223º.- Preparación y presentación de estados financieros

    Los estados financieros se preparan y presentan de similitud con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país.

    Artículo 226º.- Auditoría externa

    El pacto social, el estatuto o el acuerdo de junta general, adoptado por el diez por ciento de las acciones suscritas con derecho de voto, pueden disponer que la sociedad anónima tenga examen externa anual.

    Las sociedades que conforme a ley o a lo indicado en el párrafo anterior están sometidas a examen externa anual, nombrarán a sus auditores externos anualmente.

    El informe de los auditores se presentará a la junta general conjuntamente con los estados financieros.

    Artículo 227º.- Auditorías especiales

    En las sociedades que no cuentan con examen externa permanente, los estados financieros son revisados por auditores externos, por cuenta de la sociedad, si así lo solicitan accionistas que representen no menos del diez por ciento del total de las acciones suscritas con derecho a voto.

    La solicitud se presenta antes o durante la junta o a más tardar dentro de los treinta días siguientes a la misma. Este derecho lo pueden ejercer también los accionistas titulares de acciones sin derecho a voto, cumpliendo con el plazo y los requisitos señalados en este artículo, mediante comunicación escrita a la sociedad.

    En las mismas condiciones se realizarán revisiones e investigaciones especiales, sobre aspectos concretos de la gestión o de las cuentas de la sociedad que señalen los solicitantes y con relación a materias relativas a los últimos estados financieros. Este derecho puede ser ejercido, inclusive, en aquellas sociedades que cuenten con examen externa permanente y también por los titulares de las acciones sin derecho a

    voto. Los gastos que originen estas revisiones son de cargo de los solicitantes, salvo que éstos representen más de un tercio del capital pagado de la sociedad, caso en el cual los gastos serán de cargo de esta última.

    1.7 PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD

    Según Kholer, los principios de contabilidad son un cuerpo de doctrina asociada con la contabilidad que sirve de explicación de las actividades corrientes o actuales y como guía en la selección de convencionalismos o procedimientos. La validez de los principios de contabilidad se apoya en su simplicidad, claridad y generalidad para reflejar las prácticas corrientes y proporciona orientación para la conducta moral de los profesionales en ejercicio y para el desarrollo continuo de la profesión.

    1.8 NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD - NICs

    Las NIC's son regulaciones internacionales y pronunciamientos técnicos sobre aspectos importantes en la preparación y presentación de los astados financieros de cualquier empresa; estas reglamentos tratan sobre las políticas o principios de contabilidad, la valuación de las existencias, depreciación, estado de flujos de efectivo, utilidades por acción, etc.

    Las NIC's son pronunciamientos profesionales que son aprobados por la Federación Internacional de Contadores Públicos - IFAC (siglas en inglés]. Un rol importante de apoyo y de asistencia técnica es el Comité de reglamentos Internacionales de Contabilidad - IASC - (siglas en inglés] actualmente Junta de reglamentos Internacionales de Contabilidad - IASB - , cuya sede se encuentra en la ciudad de Londres y es la que emita las NIIFs.

    1.9. NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA - NIIF

    ¿QUE SE ENTIENDE POR NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA - NIIFs?

    Son regulaciones internacionales sobre aspectos importantes en la preparación y presentación de los estados financieros de cualquier empresa; estas reglamentos tratan sobre la adopción por primera vez de las NIIFs, los pagos basados en Acciones, las combinaciones de Negocios, los Contratos de Seguros y el tratamiento de los Activos No Corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas.

    Las NIIFs son pronunciamientos profesionales que son adoptadas por el Consejo de reglamentos Internacionales de Contabilidad - IASB (siglas en inglés).

    Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados [PCGA] constituyen la base y la fuente más importante para el ejercicio profesional de la contabilidad en su conjunto. Su observación y adecuada interpretación aseguran la uniformidad y comparabilidad de los estados financieros, que adquieren mayor importancia en esta época en que las actividades comerciales, industriales y financieras se han globalizado en tal magnitud, que hace de la contabilidad la más internacional de todas las profesiones.

    En el Perú, el Consejo Normativo de Contabilidad como parte del Sistema Nacional de Contabilidad tiene a su cargo el estudio, análisis y revisión de la normatividad contable que requiere el país, tanto para los sectores públicos como privado. Integran este Consejo Normativo representantes de los gremios comerciales, industriales, financieros y de la profesión del Contador Público, así como representantes de las entidades públicas que están relacionados con la presentación de los estados financieros como son: la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, la Superintendencia de Banca y Seguros -SBS-, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT-, etc.

    ¿EN NUESTRO PAÍS LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA - NIIFs, TIENEN EL CARÁCTER DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD?

    Según la Ley General de Sociedades (Artículo 223º), sobre preparación y presentación de Estados Financieros indica lo siguiente: «Los estados financieros se preparan de similitud con las disposiciones legales sobre la materia y con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en el país».

    A su vez las reglamentos Internacional de Contabilidad son principios interventores aplicables en nuestro país, según lo dispuesto por el Consejo Normativo de Contabilidad- Resolución Nº 013-98-EF/93.01 (23.JUL98); que indica en el Artículo 1º que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados comprenden substancialmente a las reglamentos Internacionales de Contabilidad.

    1.10 REGLAMENTO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y MANUAL PARA LA PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA - CONASEV

    Este documento indica la normativa sobre la preparación y presentación de Información Financiera de acuerdo con las reglamentos Internacionales de Contabilidad.

    Resolución CONASEV Ns 103-99-EF/94.10 «Reglamento de Información Financiera y Manual para la Preparación de la Información Financiera (Publicado en El Peruano el 26.NOV.99), y su modificatoria Resolución CONASEV Nº 117-2004-EF/94.10 (30.DIC.04)

    El Reglamento de Información Financiera indica lo siguiente:

    Capítulo I

    Marco Conceptual para la Preparación de Estados Financieros

    Artículo 2º.- Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados

    Los estados financieros deben ser preparados y presentados de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, normas interventores establecidas por los Órganos de Supervisión y Control y las normas del presente Reglamento.

    Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados están contenidos en las reglamentos Internacionales de Contabilidad [NIC] oficializadas y vigentes en el Perú comprenden también los pronunciamientos técnicos emitidos por la profesión contable en el Perú.

    1.11 EL AUDITOR TRIBUTARIO

    Es un profesional debidamente capacitado, que realiza el análisis de los documentos, registros interventores, declaraciones juradas y documentación sustentatoria con la finalidad de pensar la fehaciencia de toda esta información.

    1.11.1 CUALIDADES DEL AUDITOR TRIBUTARIO

    Las cualidades que debe cumplir un Auditor Tributario, son: Experiencia Profesional. Capacidad de Análisis. Criterio Profesional. Independencia de Criterio, etc.

    1.11.2. LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA: OBJETIVOS Y FACULTADES

    Según el Código Tributario, indica lo siguiente:

    Objetivo:

    Articulo 50a.- Competencia de la SUNAT

    La SUNAT es competente para la administración de tributos internos y los derechos arancelarios.

    Facultades de la Administración Tributaria

    1. Facultad de Recaudación (Art. 55º)

    2. Facultad de pensar la obligación tributaria (Art. 59º)

    3. Facultad de fiscalización (Art. 62º)

    4. Facultad de sancionar (Art. 82º)

    5. Facultad de denunciar delitos tributarios y aduaneros (Art. 192º).

    1.12. PLANEAMIENTO TRIBUTARIO (Tax Planning)

    El planeamiento tributario es el estudio de las operaciones comerciales que realiza el contribuyente como persona natural o jurídica, tendientes a pensar los efectos fiscales y financieros que producen dichas transacciones, con el objeto de optar por las modalidades legales y regímenes tributarios que permitan legítimamente la minimización o economía en el costo fiscal.

    1.12.1. OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTO TRIBUTARIO

    • Prevenir a la gerencia sobre cualquier suceso o evento fiscal que ocurra y tenga consecuencias importantes en el normal desarrollo empresarial.
    • Seleccionar la mejor alternativa a optar en la aplicación del régimen tributario acogido, que le permita a la empresa lograr ahorros financieros y un respiro fiscal.
    • Evitar la aplicación y el pago de impuestos innecesarios.
    • Que la empresa obtenga una mejor capacidad de adaptación a las nuevas legislaciones fiscales.
    • Estar preparada para adoptar con éxito cualquier cambio en la legislación fiscal que tenga como consecuencia una afectación o un perjuicio económico.
    • Conocer el efecto de los impuestos en las probables decisiones gerenciales.
    • Cuantificar ahorro y costos fiscales de operaciones económicas futuras.

    1.12.2. SECUENCIA DEL PLANEAMIENTO TRIBUTARIO

    1. Análisis de la Situación Actual
    2. Formulación del Planeamiento Tributario
    3. Ejecución del Planeamiento Tributario
    4. Control y Evaluación Continua del Planeamiento Tributario
    5. Toma de decisiones respecto a resultados obtenidos

    1.13. ACTUALIZACIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA

    El Código Tributario, indica lo siguiente:

    Artículo 28S.- COMPONENTES DE LA DEUDA TRIBUTARIA

    La Administración Tributaria exigirá el pago de la deuda tributaria que está constituida por el tributo, las multas y los intereses. Los intereses comprenden:

    1. El interés moratorio por el pago extemporáneo del tributo a que se refiere el Artículo 33º;
    2. El interés moratorio aplicable a las multas a que se refiere el Artículo 181º; y,
    3. El interés por aplazamiento y/o fraccionamiento de pago previsto en el Artículo 36º.

    Artículo 30º.- OBLIGADOS AL PAGO

    El pago de la deuda tributaria será efectuado por los deudores tributarios y, en su caso, por sus representantes.

    Los terceros pueden realizar el pago, salvo oposición motivada del deudor-tributario.

    Artículo 32º.- FORMAS DE PAGO DE LA DEUDA TRIBUTARIA

    El pago de la deuda tributaria se realizará en moneda nacional. Para efectuar el pago se podrán utilizar los siguientes medios:

    a) Dinero en efectivo;

    b) Cheques

    c) Notas de Crédito Negociables;

    d) Débito en cuenta corriente o de ahorros;

    e) Tarjeta de Crédito.

    f) Otros medios que la Administración Tributaria Apruebe.

    ¿COMO SE CALCULAN LOS INTERESES MORATORIOS?

    Los intereses moratorios se se aplicarán diariamente desde el día siguiente a la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago inclusive; multiplicando el monto del tributo impago por la TIM diaria vigente. La TIM diaria vigente resulta de dividir la TIM vigente entre treinta (30). (Art. 33º Código Tributario).

    1.14. CASOS PRÁCTICOS

    CASONº 1: Actualización de la Deuda Tributaria

    La empresa «EL ELÉCTRICO S.A.», con RUC 20187054322 durante el mes de Marzo del 2007 generó ventas y compras de la siguiente manera:

    CONCEPTO

    BASE IMPONIBLE

    I.G.V.19%

    Ventas

    79,013.56

    15,012.58

    Compras

    65,581.28

    12,460.44

    La empresa adicionalmente nos indica que por motivos económicos y financieros no pudo cumplir con el pago de dichos impuestos (IGV e IR) pero si cumplió con la presentación del PDT 621 (18.04.07). Nos consulta a cuanto ascendería los intereses moratorios de dichos impuestos si paga el 24.04.07 (el sistema de pago a cuenta es el 2% de los ingresos netos del mes).

    SOLUCIÓN

    Datos Adicionales

    Fecha de Vencimiento : 18.04.07

    Fecha Exigible : 19.04.07

    Fecha de Regularización : 24.04.07

    Días transcurridos : 6 días

    Tasa de Interés Moratorio : 1.5% mensual

    Cálculo para pensar el I.G.V.

    CONCEPTO

    IGV

    Ventas

    Compras

    15,012.58 (12,460.44)

    IMPORTE A PAGAR

    2,552.14

    Para efecto de la presentación es S/. 2,552.00

    * Cálculo de los intereses moratorios al 24.04.07

    S/. 2.417.81 x 6 días x 1.5% => 7.25

    30 días

    Para efecto de la presentación y pago S/. 7.00

    TOTAL IGV = S/. 2,559

    * Cálculo para pensar el Impuesto a la Renta (Pagos a Cuenta)

    CONCEPTO

    BASE IMPONIBLE

    PORCENTAJE

    PAGO A CUENTA

    Ventas

    S/. 79,013.56

    2%

    S/. 1,58027

    Para efecto de la presentación es S/. 1,580.00

    Cálculo de los intereses moratorios al 24.04.07

    S/. 1.580.27 x 6 días x 1.5% => 4.74

    30 días

    Para efecto de la presentación y pago es S/. 5.00

    Total Impuesto a la Renta = S/. 1,585

    RESUMEN

    I.G.V. S/. 2,552.00

    Impuesto a la Renta 1,580.00

    Intereses Moratorios 12.00

    TOTAL NUEVOS SOLESS/. 4,144.00

    CASO Nº 2 Planeamiento de Auditoría Tributaria

    A)El contribuyente SERVICE ANDINO E.I.R.L. con RUC 20777777777 se dedica a la comercialización de materiales y agregados para construcción, tal como se aprecia mejor en la hoja de datos (PO). Por otra parte se cuenta con la siguiente información:

    1. Datos del contribuyente [P].

    2. Resumen de la información presentada a la administración tributaria.

    3. Resumen del cuestionario de control interno.

    4. Resumen de la visita de a la empresa.

    5. Resumen de la entrevista con el contribuyente.

    6. Información de Los datos de las declaraciones juradas del IGV del periodo a auditar [P1] y las declaraciones juradas del impuesto a la renta del periodo a auditar, así como los dos períodos anteriores (P2).

    7. El análisis financiero y tributario de los estados financieros (P3, P4, P5, P6).

    B) De acuerdo con la información proporcionada se pide :

    1. Determinar los puntos críticos mas importantes del caso planteado (Anexo 1.1)

    2. Relacionar los puntos críticos con los rubros de los estados financieras que correspondan (Anexo 1.2)

    3. Determinar los procedimientos de examen a aplicar por cada rubro de los estados financieros (Anexo 1.3).

    4. Elaborar el informe del planeamiento (Anexo 1.4)

    1. Datos Adicionales:

    Denominación Social : Service Andino E.I.R.L

    Domicilio Fiscal : Av. Elmer Faucett Nro. 9999 Urb. San Miguel

    Lima - Lima - San Miguel

    Representante Legal : Dina Doris Valverde Valverde

    Actividad Económica : Venta de materiales y agregados para la

    construcción.

    Fecha de Constitución : 26/07/1994

    Tipo de Contribuyente : Principal Contribuyente - PRICO

    Teléfono : 5666666 / 4633333

    Sistema Contable : Computarizado

    Nombre del Sistema : EXACT SIIGO

    Libros interventores : Libro de actas, Libro diario, Libro mayor, Libro caja o Planilla única de trabajadores, Libro de inventarios y balances, Registro de compras, Registro de ventas, Libro de retenciones o Libro de percepciones, Libro bancos, Control de activos, Inventario físico y valorizado

    Buen Contribuyente : No

    Agente De Percepción : Si

    Agente de Retención : Si

    Establecimiento anexo : 1 - Av. Antonio Antunez de Mayolo S-N. ZI.Chimbote. Centro Ancash Santa Chimbote

    Trabajadores : 19

    Personal administrativo : 7

    Vendedores : 6

    Almaceneros : 2

    Despachadores : 2

    Otras labores : 2

    2. RESUMEN DE LA INFORMACIÓN PRESENTADA A LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

    1. El contribuyente no realiza operaciones de comercio superficial.

    2. Según la DAOT registra compras por un total de 23,114,285.00, siendo sus compras totales en el ejercicio por 23,187,302.

    3. RESUMEN DEL CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO

    En el cuestionario de control interno se obtuvo la siguiente información;

    a) El contribuyente no realiza operaciones de comercio superficial.

    b) El contribuyente realiza sus ventas mayormente al contado 77% y crédito 23%

    c) La empresa utiliza 2 cuentas corrientes una en el BCP y la otra en el INTERBANK, llevando un adecuado control contable de ellas.

    d) La empresa cuenta con 19 trabajadores.

    e) La estructura productiva el contribuyente orienta el 100% de sus recursos a la comercialización.

    f) La empresa es una EIRL de propiedad de MARGOT DÍAZ CÁRDENAS cuyo aporte es el 100% del capital de la E.I.R.L.

    4. RESUMEN DE LA VISITA A LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA

    a) En la visita a las instalaciones se comprobó que el contribuyente cuenta con 2 establecimientos, el primero ubicado en San Miguel (donde realiza sus operaciones comerciales, siendo también el domicilio fiscal del contribuyente) y el segundo en la ciudad de Chimbote (oficina administrativa para ventas en esta ciudad).

    5. RESUMEN DE LA ENTREVISTA CON EL CONTRIBUYENTE

    1. En la entrevista informo que su empresa se dedica exclusivamente a la comercialización de materiales para la construcción.

    2. La política de ventas es de un 23% al contado y el 77% al crédito con plazo de 30 días calendario.

    3. El contribuyente recibe ingresos por concepto de interese por un préstamo realizado.

    4. El contribuyente informo no haber tenido auditorias anteriores.

    Planeamiento de la Auditoria Tributaria

    Datos Iniciales del Contribuyente:

    CONTRIBUYENTE :SERVICE ANDINO EIRL.

    RUC :20777777777

    Actividad declarada en la Ficha RUC (CIIU) :5143

    Descripción del CIIU : Venta de ma

    6 Comentarios


    RICHARD
    04/04/2013 17:01:54
    buen alcance para resolver casos practicos, actualizar con normas vigentes

    departamento contenidos
    09/04/2013 14:42:30
    Gracias por tu comentario Richard. Para ampliar la información sobre este recurso, puedes contactar directamente con el autor, cuya dirección de correo electrónico puedes ver al final. Un saludo!

    Francisco
    21/03/2013 06:22:31
    Excelente, actualizar el ejercicio con norma vigente

    departamento contenidos
    21/03/2013 15:29:42
    Gracias por tu aportación Francisco. Para obtener más información puedes contactar directamente con el autor, cuya dirección de correo electrónico puedes ver al final del recurso. Un saludo!

    Anónimo
    07/05/2012 15:41:15
    Un excelente ejercicio de trabajo en clase.

    departamento contenidos
    07/05/2012 16:46:00

    Gracias por tu comentario.

     

    Un saludo!


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